INFORMACIÓN
COMIENZO DEL CURSO
Estimadas familias:
En el artículo 4.1 del Reglamento Orgánico (Decreto 327/2010, de 13 de julio) de los institutos de educación secundaria se habla del ejercicio del derecho de reunión del alumnado a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria que se sobreentiende como un derecho de huelga.
En este artículo se desarrolla lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, en la redacción dada por la disposición final primera.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación. Efectivamente, en este artículo se establece la posibilidad de la no asistencia a clase del alumnado a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria, entendido en el sentido de que no tendrán la consideración de conductas contrarias a la convivencia ni serán objeto de corrección las decisiones colectivas que adopte el alumnado con respecto a la asistencia a clase, cuando estas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente por escrito por el delegado o delegada del alumnado del instituto a la Dirección del Centro.
Por todo ello, nuestro alumnado, cuando tiene conocimiento de una convocatoria oficial de huelga y habiendo realizado ese derecho de reunión en el seno de su grupo-clase, entregan a la Dirección del Centro el correspondiente documento firmado por todos los que se adhieren a dicha actuación.
No obstante, se sobreentiende que se trata del ejercicio de un derecho pero no debe tomarse como una obligación del alumnado y puesto que se trata, en la mayoría de los casos, de menores de edad, son, en último extremo, sus responsables legales los que determinen si el alumno acude o no al Centro de una manera normalizada.
En definitiva, la decisión última es de los padres/tutores legales y por lo tanto se produce bajo su responsabilidad. En cualquier caso, durante estas jornadas irregulares, el profesorado mantiene su actividad y horario habituales y el alumnado asistente podrá recibir atención educativa acorde a lo estipulado en la norma y no se podrá sancionar, en modo alguno, al alumnado participante a la jornada (o jornadas) de huelga.
En cualquier caso, la convocatoria de huelga NO AFECTA al alumnado de 1º y 2º de la ESO que deberán asistir con normalidad a sus clases.
Reciban un cordial saludo, en Pizarra, a 4 de marzo de 2020.
IES FUENTE LUNA
El próximo jueves de 17:00 a 19:00h tendremos la visita de la Guardia Civil de Antequera quién nos proporcionará una jornada tratando los siguientes temas: Consumo de drogas y alcohol y Nuevas tecnologías e internet, podremos estar al día de la actualidad respecto a las drogas y modas o comportamientos que llevan asociados, al igual que podréis conocer términos como sexting,grooming etc.....relacionados con internet, detectar a tiempo y como actuar ante estas situaciones, estas charlas están especializadas sobre casos reales y que los profesionales están tratando a diario en su trabajo,podréis conocer de primera mano que se cuece en la sociedad de hoy y de que forma y como proteger a nuestros/as hijos/as.
DEL LUNES 18 AL MARTES 19 (INCLUSIVE) DE SEPTIEMBRE
EN HORARIO DE 11:00 A 13:00 HORAS
LA COMUNIDAD ESCOLAR DEL IES FUENTE LUNA
LAMENTA EL FALLECIMIENTO EN EL DÍA DE HOY
DE DÑA. MARÍA JOSÉ NOCETE LÓPEZ,
JEFA DE ESTUDIOS DEL CENTRO,
EXTRAORDINARIA COMPAÑERA Y AMIGA.
NOS SUMAMOS AL DOLOR DE SU FAMILIA.
DESCANSE EN PAZ
Pizarra, a 15 de septiembre de 2017
INFORMACIÓN
COMIENZO DEL CURSO
Pizarra, a 14 de junio de 2017.
Estimadas familias:
Por la presente les informamos de algunos temas importantes relacionados con el FINAL DE CURSO:
La Comunidad Escolar del IES Fuente Luna lamenta el fallecimiento del que fuera profesor y secretario del centro, D. Antonio Reina. Le enviamos nuestras más sinceras condolencias a su esposa y demás familiares. D.E.P.
Se adjunta documento.
La comunidad educativa del IES Fuente Luna les desea unas felices fiestas.
Se adjunta carta con información relativa al final de trimestre.
Estimadas familias:
En el artículo 4.1 del Reglamento Orgánico (Decreto 327/2010, de 13 de julio) de los institutos de educación secundaria se habla del ejercicio del derecho de reunión del alumnado a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria que se sobreentiende como un derecho de huelga.
Estimadas familias:
Ante las posibles dudas que pueda haber con relación a la actuación del alumnado en relación al derecho a huelga, el Centro quiere comunicar lo siguiente:
En el artículo 4.1 del Reglamento Orgánico (Decreto 327/2010, de 13 de julio) de los Institutos de Educación Secundaria se desarrolla lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, en la redacción dada por la disposición final primera.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación. Efectivamente, en este artículo se establece la posibilidad de la no asistencia a clase del alumnado a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria, entendido en el sentido de que no tendrán la consideración de conductas contrarias a la convivencia ni serán objeto de corrección las decisiones colectivas que adopte el alumnado con respecto a la asistencia a clase, cuando estas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente por escrito por el delegado o delegada del alumnado del instituto a la Dirección del Centro.
Por todo ello, nuestro alumnado, cuando tiene conocimiento de una convocatoria oficial de huelga y habiendo realizado ese derecho de reunión en el seno de su grupo-clase, entregan a la Dirección del Centro el correspondiente documento firmado por todos los que se adhieren a dicha actuación.
No obstante, se sobreentiende que se trata del ejercicio de un derecho pero no debe tomarse como una obligación del alumnado y puesto que se trata, en la mayoría de los casos, de menores de edad, son, en último extremo sus responsables legales los que determinen si el alumno acude o no al Centro de una manera normalizada.
En definitiva, la decisión última es de los padres/tutores legales y por lo tanto se produce bajo su responsabilidad. En cualquier caso, durante estas jornadas irregulares, el profesorado mantiene su actividad y horario habituales y el alumnado asistente podrá recibir atención educativa acorde a lo estipulado en la norma y no se podrá sancionar, en modo alguno, al alumnado participante a la jornada (o jornadas) de huelga.
En cualquier caso, la convocatoria de huelga NO AFECTA al alumnado de 1º y 2º de la ESO que deberán asistir con normalidad a sus clases esos días.
IES FUENTE LUNA
Dirección